Aprobado en Comisiones Terceras proyecto de ley de reactivación agropecuaria

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Como trascendental para miles de campesinos que en estos momentos no tienen acceso al sistema financiero por problemas en el pago de sus deudas, calificó el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Ruben Darío Lizarralde, la aprobación del proyecto de Ley de Reactivación Agropecuaria en las Comisiones Terceras Conjuntas de Senado y Cámara. 

De acuerdo con el jefe de la cartera agropecuaria, ha sido arduo el trabajo para sacar adelante este proyecto de Ley, que fue presentado por el Gobierno el pasado 23 de octubre, con mensaje de urgencia.

La iniciativa también contiene un paquete de medidas financieras y disposiciones para fortalecer la Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria, CORPOICA.

Con los puntos contenidos en esta Ley se da solución a varios de los compromisos adquiridos en el marco de los paros de 2013, en las diferentes instancias de negociación.

Luego de superar los dos primeros debates en las comisiones terceras de la Cámara de Representantes y el Senado de la República, el proyecto pasa a las Plenarias de las corporaciones, donde será estudiado de manera simultánea. Se espera que se convierta en Ley en la presente legislatura.

Con esta iniciativa se busca mitigar los efectos producidos por la coyuntura actual que vive el sector agropecuario por la afectación ocasionada por dos olas Invernales en 2011 y 2012, otros fenómenos climáticos, afectaciones fitosanitarias, el contrabando, la caída de los precios internacionales en 2013, entre otros.

Las medidas contempladas en la Ley cobijan a productores del sector agropecuario en materia financiera, en especial para los pequeños productores que tienen deudas con el Banco Agrario y deudores que se encuentran en mora con otros intermediarios financieros. 

La ley otorga facultades al Banco Agrario y al Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (FINAGRO), para adelantar programas de recuperación y pago de cartera castigada o siniestrada al 30 de junio de 2013.

De igual forma, se adoptan directrices para transformar las medidas de financiamiento del sector agropecuario y aliviar a los deudores beneficiarios del Programa de Reactivación Agropecuaria Nacional (PRAN) y del Fondo de Solidaridad Agropecuaria (FONSA).

Finalmente, el Ministro Lizarralde indicó que se busca fortalecer un aspecto esencial para el futuro del campo colombiano como es la investigación en tecnología e innovación dándolo las herramientas necesarias a CORPOICA, para adelantar este proceso.

Se incluyó en el texto del proyecto, como medidas excepcionales para el sector agropecuario, la ampliación del plazo para que quienes se han retrasado en el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), se acojan a un acuerdo con la DIAN.

Así mismo, se autorizó que el 100 por ciento de los pagos que hayan realizado en efectivo los productores se tendrán en cuenta para la liquidación de la declaración de renta.  

Los principales puntos contenidos en el Proyecto de Ley (No 134 en Cámara y 140 en Senado) son los siguientes:

Se crea el Fondo de Microfinanzas, el cual será administrado por el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario – FINAGRO.

  1. Se elimina el trámite de calificación previa de créditos agropecuarios.
  2. Destinación de los recursos del crédito agropecuario para actividades de transformación de productos del sector.
  3. Ampliación del objeto del Fondo Nacional de Riesgos Agropecuarios y medidas para facilitar la toma de seguros agropecuarios.
  4. Fortalecimiento del Fondo Agropecuario de Garantías – FAG
  5. Alivio Especial a deudores del Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria – PRAN y del Fondo de Solidaridad Agropecuaria - FONSA
  6. Suspensión del cobro y prescripción para deudores del PRAN y del FONSA.  Acciones de cobro a deudores del PRAN y del FONSA. 
  7. Aplicación de abonos parciales y otras medidas para deudores PRAN y del FONSA.
  8. Ampliación de los objetivos del FONSA.
  9. Ampliación de situaciones de crisis objeto del FONSA. Ampliación de las funciones del FONSA.
  10. Modificación funciones Junta Directiva del FONSA sobre recuperación de cartera.
  11. Acuerdos de recuperación y saneamiento de cartera agropecuaria. 

Fuente: Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - MADR