Circular Reglamentaria P-05 2020
Por medio de la presente circular se informa modificaciones al Segmento LEC Reactivación Económica descrita en el Capítulo Tercero del Título Cuarto del Manual de Servicios.
Por medio de la presente circular se informa modificaciones al Segmento LEC Reactivación Económica descrita en el Capítulo Tercero del Título Cuarto del Manual de Servicios.
Por medio de la presente circular se informa la apertura de los segmentos adicionales de las Líneas Especiales de Crédito – LEC, de conformidad con la Resolución 18 de 2019 de la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario -CNCA y en desarrollo del Contrato Interadministrativo No. 2020040 suscrito entre el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural -MADR y FINAGRO.
Por medio de la presente circular se informa la apertura la Líneas Especiales de Crédito – LEC, de conformidad con la Resolución 18 de 2019 de la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario -CNCA, en los segmentos LEC Agricultura por Contrato y LEC Reactivación Económica.
Por medio de la presente circular se modifica el Título Primero (Capítulos Segundo y Séptimo), el Titulo Segundo y se actualiza el Anexo denominado "Códigos Destinos de Crédito".
El Congreso Nacional de Municipios que se realizará los días 26, 27 y 28 de febrero de 2020 en el Centro de Convenciones de Cartagena, reunirá a diferentes mandatarios de Colombia, razón por la cual se abre una gran oportunidad de participación de marcas, servicios y proyectos que se quieran exponer ante ellos.
También contará con diferentes espacios durante los tres días para que las entidades y empresas participantes ofrezcan y posicionen sus instituciones, marcas, productos o servicios.
Por medio de la presente circular se informa el ajuste en el ANEXO I II CRÉDITO AGROPECUARIO Y RURAL CONDICIONES FINANCIERAS del manual de servicios, conforme al Decreto 2360 de2019 que fija el salario mínimo legal para el año 2020.
Por medio de la presente circular se informa la modificación realizada a la reglamentación del Fondo Agropecuario de Garantías FAG, correspondiente al Título Segundo del Manual de Servicios de FINAGRO, de conformidad con lo dispuesto por la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario mediante Resolución No. 17 de 2019.
Por medio de la presente circular se informa que la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario a través de la Resolución No. 16 de 2019, amplió hasta el año 2020 el periodo de transición durante el cual los intermediarios financieros y el beneficiario del crédito podrán pactar las condiciones financieras del crédito agropecuario y rural en DTF o IBR.
