Por la cual se imparten instrucciones en materia de Fortalecimiento de la debida diligencia en la determinación del tipo de productor y deber de abstención de registro de operaciones con señales de alerta sobre posible suplantación o interposición de personas en el acceso al crédito agropecuario y rural y a los instrumentos del Sistema Nacional de Crédito Agropecuario – SNCA.
| Archivos Adjuntos | Size |
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| Circular Externa No 35 de 2026.pdf | 209.59 KB |







