Por medio de la presente circular se informa el agotamiento de los recursos destinados por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas -UARIV-, para subsidiar la tasa de interés de las operaciones de crédito otorgadas a la población calificada como Víctima del Conflicto Armado Interno, se cierra el acceso a nuevas operaciones de crédito a través de la línea especial a partir de la fecha.
Por medio de la presente circular se informa a los intermediarios financieros que la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), adscrita al Departamento para la Prosperidad Social, destinó nuevos recursos dirigidos a subsidiar la tasa de interés de las operaciones de crédito concedidos a la población calificada como Víctima del Conflicto Armado Interno que se encuentre en estado "INCLUIDO" en el Registro Único de Víctimas.
Por medio de la presente circular se informa que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural destinó nuevos recursos presupuestales para cubrir el subsidio a la tasa de intereses a favor de los productores agropecuarios, por lo anterior, se da apertura de la Línea especial de Crédito – LEC, en los siguientes segmentos y bolsas:
•LEC Agricultura por Contrato:
•LEC para la Reactivación Agropecuaria destinada a la financiación de anticipos de las operaciones Forward celebradas a través de las Bolsas de Bienes y Productos Agropecuarios, Agroindustriales o de otros Commodities
•LEC General - Bolsa LEC Actividad Pecuaria Sostenible
Por medio de la presente circular se informa informa la adición de nuevos destinos, que podrán ser financiados dentro del esquema denominado "ICR Afectados por Aftosa”.
Por medio de la presente circular reglamentaria se informa que debido al agotamiento de recursos para el otorgamiento del subsidio de la Línea Especial de Crédito - LEC, descrita en el Título Primero Capítulo Quinto y Sexto del Manual de Servicios de FINAGRO, se cierra a partir de la fecha el acceso de nuevos créditos.
Por medio de la presente circular se informa que se unifica en el Fondo Agropecuario de Garantías - FAG la administración de las garantías vigentes y el saldo de los recursos correspondientes a las cuentas especiales "Fondo Agropecuario de Garantías FAG – Proyectos Especiales” y "Fondo de Garantías Especial de Exportadores.
Por medio de la presente circular reglamentaria, se establece la posibilidad operativa para que los intermediarios financieros que tienen cartera sustituta vigente con FINAGRO realicen el cambio de la fuente de fondeo, pasando los créditos a cartera de redescuento.
Por medio de la presente circular reglamentaria, se modifica el Capítulo Quinto del Título Primero "Línea Especial de Crédito” del Manual de Servicios, en las siguientes bolsas:
1.LEC General – Bolsa Retención de Vientres de Ganado Bovino y Bufalino: Se modifica el numeral 1.1.2, así:
•El plazo del crédito podrá ser acordado libremente entre el intermediario financiero y el productor agropecuario con hasta tres (3) años de gracia. El plazo de reconocimiento del subsidio será de hasta seis (6) años.
•Como requisito de acceso a esta línea los productores deberán acreditar ante el intermediario financiero Contar con el Registro Sanitario de Predio Pecuario expedido por el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA.
2.LEC General – Bolsa para apoyar a productores agropecuarios, acuícolas, piscícolas y pesqueros afectados por el cierre de la Vía al Llano: se modifica el numeral 1.1.5, para ampliar las condiciones establecidas por esta línea a los productores del Departamento de Casanare.
Por medio de la presente circular reglamentaria, se modifica el Manual de Servicios de Finagro en :
-Capítulo Primero numeral 10 "Operaciones de leasing”, con el fin de efectuar algunas precisiones a las definiciones y características de las operaciones de leasing para su registro en condiciones Finagro.
-Capítulo Séptimo "Microcrédito Agropecuario y Rural”, del Título Primero del Manual de Servicios, principalmente, con el fin de: i) eliminar el envío de las copias de los manuales aplicados por los Intermediarios Financieros como tecnología microcrediticia, ii) incorporar el procedimiento de control y seguimiento de estas operaciones, y iii) actualizar el listado de municipios que no pueden acceder a esta línea conforme a la categorización por municipios consagrada la Resolución 556 /018 de la Contaduría General de la Nación.
Autorización para el Tratamiento de Datos Personales – Finagro
Declaro que he leído, entiendo y acepto la Política de Tratamiento de Datos Personales de FINAGRO
disponible en el sitio web institucional. En consecuencia, autorizo de manera libre, previa,
expresa e informada el tratamiento de mis datos personales por parte de Finagro, conforme a lo
dispuesto en dicha política y demás normas aplicables.