EL CONTRATISTA se obliga para con FINAGRO a prestar sus servicios como CORREDOR DE SEGUROS, para que preste sus servicios de intermediación y asesoría integral en la contratación y manejo de las pólizas que integran el programa de seguros que se requiere para la protección de sus activos, bienes e intereses patrimoniales o aquellos por los que es legalmente responsable, integrado por los ramos de seguros contratados por la Entidad, incluyendo la intermediación en la administración de los riesgos laborales frente a la administradora de riesgos laborales de Finagro todo ello con sujeción a la ley 1562 de 2012, al decreto 1637 de 2013 y a las demás disposiciones aplicables.

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